Cómo proteger nuestro derecho a compartir, a citar y a enlazar en un mundo de individuos autonómos e interconectados.

La cita debe ser lícita siempre que la obra citada haya sido publicada previamente y se haga con fines educativos o científicos, o simplemente informativos, creativos, u otros cualesquiera.

No debería ser necesaria la autorización del autor para la reproducción o difusión de obras artísticas, científicas o técnicas que ya hayan sido publicadas, siempre y cuando el propósito sea educativo, científico, informativo, satírico o accesorias al proyecto creativo principal, siempre que se atribuya correctamente la obra y se respeten todos los derechos morales.
En definitiva la defensa del derecho a la copia privada y el uso justo debe ser firme y absoluta, teniendo en cuenta que la copia es la base principal del aprendizaje y la cultura.

Demandas legales, párrafo A Derechos en un contexto digital, de la Carta por la Innovación, la Creatividad y el Acceso al Conocimiento: http://fcforum.net/es/

NO AL CIERRE DE WEBS.
STOP ACTA
http://d-evolution.fcforum.net/

Via Exgae en YouTube.

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